martes, 19 de agosto de 2014

POLÍTICA PUBLICA

POLÍTICA PÚBLICA DE ENVEJECIMIENTO Y VEJEZ

2010 - 2025
En Colombia, se reconoce legalmente como personas mayores a aquellas que ya han cumplido los 60 años de edad (Ley 1251 de 2008 y Decreto No. 345 de 2010).



PERSONA MAYOR.
La definición de la vejez por la edad de las personas fue originalmente un parámetro dado por los organismos internacionales. Por ejemplo, la Organización Mundial de la Salud considera a quienes ya han cumplido 60 años, adultos mayores, hasta los 75 son consideradas personas en edad avanzada, hasta los 90 viejas o ancianas y si se es mayor de 90 años se considera un gran longevo. Otras organizaciones, han tenido en cuenta además los grados de desarrollo entre los distintos países para determinar el parámetro de vejez definida por la edad. Según la Organización de Naciones Unidas, por ejemplo, en los países desarrollados son ancianas las personas mayores de 64 años y en los países en desarrollo las mayores de 59. El Estado colombiano asume este último parámetro cuando precisa que son adultos mayores las personas de 60 años y más (Ley 1251 de 2008 y Decreto No. 345 de 2010).
Pese a que las clasificaciones por rangos de edad obedecen a construcciones culturales y a que el envejecimiento en la edad adulta está asociado a la calidad de vida durante toda la vida, para la formulación de políticas públicas en Colombia se ha establecido el acuerdo de considerar el rango de 60 años como el límite entre la edad adulta y la vejez. 

En su compromiso por avanzar en la reducción de las situaciones de discriminación y segregación, la Administración Distrital ha promovido la implementación de diferentes políticas públicas con el fin de mejorar la calidad de vida de las bogotanas y bogotanos, especialmente de las personas en condiciones de alta vulnerabilidad, partiendo del reconocimiento y la redistribución de bienes y servicios.
En ese sentido se dio paso a la formulación de la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez (PPSEV) 2010 – 2025 –mediante Decreto Distrital 345 de 2010) que, además de garantizar la promoción, protección, restablecimiento y ejercicio pleno de los derechos humanos de las personas mayores de hoy y del futuro, sin distinción alguna, busca responder a las nuevas dinámicas y transformaciones en las estructuras sociales, así como estar a la vanguardia con acciones frente a las implicaciones de tener una población que envejece todos los días y que aumenta de manera acelerada y consistente.
Su proceso de formulación posibilitó la participación activa de 32.504 personas de diferentes poblaciones tanto etarias como étnicas, a través del uso de una metodología participativa que permitió la consolidación del documento, reconociendo la diversidad, necesidades y potencialidades del envejecimiento y la vejez en la ciudad.
En esta nueva edición de la Política se reafirma el interés que desde la Bogotá Humana se tiene con la garantía y el restablecimiento de los derechos de las personas mayores de hoy y del futuro, evidenciados en las metas de atención integral a esta población consignadas en el Plan de Desarrollo 2012-2016.
Este documento consolida su compromiso con la voz de todas las personas que participaron en la construcción de una política que encarna la realidad de los territorios y que busca desde su materialización transformar las situaciones de discriminación y segregación que hoy viven nuestras personas mayores, entendiendo siempre que es en la acción donde la política se hace una realidad de transformación social.









Vídeo sobre Política publica:



La Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital 2010 – 2025 ha querido por su parte superar los conceptos de "tercera edad" y "adulto mayor" denominando a quienes ya cumplieron 60 años, "personas mayores". Dentro de esta política se entiende que "el envejecimiento es en principio un proceso natural, continuo, biológico e irreversible que experimentan todos lo seres humanos con el paso del tiempo, inicia en el momento de nacer y termina con la muerte; sin embargo, su desarrollo conlleva una serie de cambios que se ven afectados de manera diferente por factores como la herencia biológica, el comportamiento individual, factores sociales, económicos, ambientales y políticos" (Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital 2010 – 2025).
Por estas razones, se hace necesario tener en cuenta no sólo la pura "atención sanitaria" para las personas mayores, presente en el concepto de "envejecimiento saludable", sino que se debe contar con un concepto más completo del envejecimiento. En este sentido, la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital 2010 – 2025 adopta como concepto clave el de "envejecimiento activo", el cual es definido por la Organización Mundial de la Salud como "el proceso por el que optimizan las oportunidades de bienestar físico, social y mental durante toda la vida, con el objetivo de ampliar la esperanza de vida saludable, la productividad y la calidad de vida en la vejez" (OMS, Envejecimiento activo: un marco político, Revista Española de Geriatría y Gerontología, Madrid, 2002).

Entidades públicas distritales

·   Secretaría Distrital de Integración Social: Formula, orientar y desarrolla políticas sociales, en coordinación con otros sectores, organismos o entidades, para los distintos grupos poblacionales familias y comunidades, en especial de aquellos en mayor situación de pobreza y vulnerabilidad. 

·  Instituto Distrital de Recreación y Deporte (Subdirección de recreación): Ejecuta el "Programa recreación para adultos mayores", cuyo "objetivo principal es promover la participación de las personas adultas mayores en actividades recreativas que posibiliten su bienestar integral, el mantenimiento y fortalecimiento de destrezas, habilidades, actitudes y aptitudes propias de un adulto mayor, incentivamos la participación de los adultos mayores en actividades comunitarias de recreación y deporte y fortalecemos la proyección social del adulto mayor como participante activo a través de la Red Recreativa de Adultos Mayores”

·   Secretaría Distrital de Salud: Planifica, coordina y ejecuta políticas para el mejoramiento de la situación de salud de la población del Distrito Capital, mediante acciones en salud pública, prestación de servicios de salud y dirección del Sistema General de Seguridad Social en Salud.


La Secretaría Distrital de Integración Social a través de su Dirección  poblacional “asesorar a la Secretaría en la definición de la filosofía, fines y misión de la entidad y en la formulación de las políticas, estrategias, planes, programas que debe adoptar la entidad. Al mismo tiempo la definición de lineamientos técnicos para la implementación de acciones integrales y transformadoras en los territorios dirigidos a los diferentes grupos poblacionales y para el fortalecimiento de la atención a la población sujeto en el marco de las perspectivas, estrategias misionales y parámetros definidos por la Secretaría y en coordinación con otras entidades de acuerdo a la necesidad y pertinencia. También participar con la dirección territorial en el manejo de los planes, programas y proyectos dirigidos a los grupos poblacionales sujetos de atención. Dentro de esta dirección se encuentran las subdirecciones para Infancia, Juventud, Adultez, Vejez y Familia.”

La Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez para el D.C. 2010 – 2025 (PPSEV) enfatiza el derecho a la participación de las personas mayores en diversos escenarios, al fermentar la asociación y organización de este sector de la población. A nivel distrital existen el Consejo Distrital de Personas Mayores y el Consejo Distrital de Cultura de Personas Mayores, dos instancias que cuentan con la participación de habitantes de cada localidad, incluida Engativá. Estas instancias tienen entre sus funciones la deliberación y concertación de contenidos y acciones promovidos a través de la PPSEV, y los derechos culturales de las personas mayores.

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