martes, 2 de septiembre de 2014

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martes, 19 de agosto de 2014

POLÍTICA PUBLICA

POLÍTICA PÚBLICA DE ENVEJECIMIENTO Y VEJEZ

2010 - 2025
En Colombia, se reconoce legalmente como personas mayores a aquellas que ya han cumplido los 60 años de edad (Ley 1251 de 2008 y Decreto No. 345 de 2010).



PERSONA MAYOR.
La definición de la vejez por la edad de las personas fue originalmente un parámetro dado por los organismos internacionales. Por ejemplo, la Organización Mundial de la Salud considera a quienes ya han cumplido 60 años, adultos mayores, hasta los 75 son consideradas personas en edad avanzada, hasta los 90 viejas o ancianas y si se es mayor de 90 años se considera un gran longevo. Otras organizaciones, han tenido en cuenta además los grados de desarrollo entre los distintos países para determinar el parámetro de vejez definida por la edad. Según la Organización de Naciones Unidas, por ejemplo, en los países desarrollados son ancianas las personas mayores de 64 años y en los países en desarrollo las mayores de 59. El Estado colombiano asume este último parámetro cuando precisa que son adultos mayores las personas de 60 años y más (Ley 1251 de 2008 y Decreto No. 345 de 2010).
Pese a que las clasificaciones por rangos de edad obedecen a construcciones culturales y a que el envejecimiento en la edad adulta está asociado a la calidad de vida durante toda la vida, para la formulación de políticas públicas en Colombia se ha establecido el acuerdo de considerar el rango de 60 años como el límite entre la edad adulta y la vejez. 

En su compromiso por avanzar en la reducción de las situaciones de discriminación y segregación, la Administración Distrital ha promovido la implementación de diferentes políticas públicas con el fin de mejorar la calidad de vida de las bogotanas y bogotanos, especialmente de las personas en condiciones de alta vulnerabilidad, partiendo del reconocimiento y la redistribución de bienes y servicios.
En ese sentido se dio paso a la formulación de la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez (PPSEV) 2010 – 2025 –mediante Decreto Distrital 345 de 2010) que, además de garantizar la promoción, protección, restablecimiento y ejercicio pleno de los derechos humanos de las personas mayores de hoy y del futuro, sin distinción alguna, busca responder a las nuevas dinámicas y transformaciones en las estructuras sociales, así como estar a la vanguardia con acciones frente a las implicaciones de tener una población que envejece todos los días y que aumenta de manera acelerada y consistente.
Su proceso de formulación posibilitó la participación activa de 32.504 personas de diferentes poblaciones tanto etarias como étnicas, a través del uso de una metodología participativa que permitió la consolidación del documento, reconociendo la diversidad, necesidades y potencialidades del envejecimiento y la vejez en la ciudad.
En esta nueva edición de la Política se reafirma el interés que desde la Bogotá Humana se tiene con la garantía y el restablecimiento de los derechos de las personas mayores de hoy y del futuro, evidenciados en las metas de atención integral a esta población consignadas en el Plan de Desarrollo 2012-2016.
Este documento consolida su compromiso con la voz de todas las personas que participaron en la construcción de una política que encarna la realidad de los territorios y que busca desde su materialización transformar las situaciones de discriminación y segregación que hoy viven nuestras personas mayores, entendiendo siempre que es en la acción donde la política se hace una realidad de transformación social.









Vídeo sobre Política publica:



La Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital 2010 – 2025 ha querido por su parte superar los conceptos de "tercera edad" y "adulto mayor" denominando a quienes ya cumplieron 60 años, "personas mayores". Dentro de esta política se entiende que "el envejecimiento es en principio un proceso natural, continuo, biológico e irreversible que experimentan todos lo seres humanos con el paso del tiempo, inicia en el momento de nacer y termina con la muerte; sin embargo, su desarrollo conlleva una serie de cambios que se ven afectados de manera diferente por factores como la herencia biológica, el comportamiento individual, factores sociales, económicos, ambientales y políticos" (Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital 2010 – 2025).
Por estas razones, se hace necesario tener en cuenta no sólo la pura "atención sanitaria" para las personas mayores, presente en el concepto de "envejecimiento saludable", sino que se debe contar con un concepto más completo del envejecimiento. En este sentido, la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital 2010 – 2025 adopta como concepto clave el de "envejecimiento activo", el cual es definido por la Organización Mundial de la Salud como "el proceso por el que optimizan las oportunidades de bienestar físico, social y mental durante toda la vida, con el objetivo de ampliar la esperanza de vida saludable, la productividad y la calidad de vida en la vejez" (OMS, Envejecimiento activo: un marco político, Revista Española de Geriatría y Gerontología, Madrid, 2002).

Entidades públicas distritales

·   Secretaría Distrital de Integración Social: Formula, orientar y desarrolla políticas sociales, en coordinación con otros sectores, organismos o entidades, para los distintos grupos poblacionales familias y comunidades, en especial de aquellos en mayor situación de pobreza y vulnerabilidad. 

·  Instituto Distrital de Recreación y Deporte (Subdirección de recreación): Ejecuta el "Programa recreación para adultos mayores", cuyo "objetivo principal es promover la participación de las personas adultas mayores en actividades recreativas que posibiliten su bienestar integral, el mantenimiento y fortalecimiento de destrezas, habilidades, actitudes y aptitudes propias de un adulto mayor, incentivamos la participación de los adultos mayores en actividades comunitarias de recreación y deporte y fortalecemos la proyección social del adulto mayor como participante activo a través de la Red Recreativa de Adultos Mayores”

·   Secretaría Distrital de Salud: Planifica, coordina y ejecuta políticas para el mejoramiento de la situación de salud de la población del Distrito Capital, mediante acciones en salud pública, prestación de servicios de salud y dirección del Sistema General de Seguridad Social en Salud.


La Secretaría Distrital de Integración Social a través de su Dirección  poblacional “asesorar a la Secretaría en la definición de la filosofía, fines y misión de la entidad y en la formulación de las políticas, estrategias, planes, programas que debe adoptar la entidad. Al mismo tiempo la definición de lineamientos técnicos para la implementación de acciones integrales y transformadoras en los territorios dirigidos a los diferentes grupos poblacionales y para el fortalecimiento de la atención a la población sujeto en el marco de las perspectivas, estrategias misionales y parámetros definidos por la Secretaría y en coordinación con otras entidades de acuerdo a la necesidad y pertinencia. También participar con la dirección territorial en el manejo de los planes, programas y proyectos dirigidos a los grupos poblacionales sujetos de atención. Dentro de esta dirección se encuentran las subdirecciones para Infancia, Juventud, Adultez, Vejez y Familia.”

La Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez para el D.C. 2010 – 2025 (PPSEV) enfatiza el derecho a la participación de las personas mayores en diversos escenarios, al fermentar la asociación y organización de este sector de la población. A nivel distrital existen el Consejo Distrital de Personas Mayores y el Consejo Distrital de Cultura de Personas Mayores, dos instancias que cuentan con la participación de habitantes de cada localidad, incluida Engativá. Estas instancias tienen entre sus funciones la deliberación y concertación de contenidos y acciones promovidos a través de la PPSEV, y los derechos culturales de las personas mayores.

CUIDADO INTEGRAL


En este documento se opta por el término Plan Personalizado de Atención. En el Decreto 43/2011, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Autorización, Acreditación, Registro e Inspección de Centros y Servicios Sociales, este instrumento se denomina Plan Individualizado de Atención, pero cabe interpretarlo como sinónimo. Estos documentos son diferentes al PIA (Programa Individualizado de Atención) que contempla la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de Autonomía personal y atención a las Personas en Situación de Dependencia, el cual hace referencia fundamentalmente a la asignación de prestaciones contempladas en dicha ley una vez que la persona ha sido reconocida, y calificada en grado y nivel, como dependiente.

¿Qué es un plan personalizado de atención?

Es el instrumento básico que desde el centro o servicio se propone y utiliza para recoger las informaciones y valoraciones, objetivos, propuestas de intervención, apoyos y recomendaciones para que la persona adquiera el mayor grado de autogestión sobre su vida cotidiana a lo largo del proceso de atención. Es la estrategia de intervención que ofrece el servicio o centro, a través de sus profesionales, para permitir continuar, completar y mejorar los proyectos de vida de las personas usuarias. Proyectos de vida en los que ahora, por las circunstancias de fragilidad o dependencia de la persona adulta, se incorpora en forma de apoyo el equipo técnico de un recurso social determinado.
Fases y contenidos que debe contemplar un plan personalizado de atención



Los planes personalizados de atención, además de aportar información personal básica relevante para la atención de la persona en el centro o servicio, suelen incluir tres partes diferenciadas que hacen referencia a las fases del proceso asistencial:

a) La valoración de la persona y su entorno
- Dimensiones personales (incluyendo tanto las limitaciones como las capacidades de la persona)

·         Salud (física, funcional, cognitivo y emocional)
·         Relaciones Sociales
·         Ocio
·         Entorno










- Objetivos de la intervención


b) La propuesta de atención en el centro o servicio

- Servicios y programas
- Actividades cotidianas
- Pautas personalizadas
- Apoyos
- Consentimiento por parte de la persona

c) El seguimiento/ajuste que el plan precise a lo largo del proceso.

- Profesional de referencia
- Seguimientos y revisiones realizados, incluyendo la evaluación de resultados.

3. Esquema para la elaboración de un documento de plan personalizado de atención.

La siguiente secuencia puede resultar de ayuda a la hora de diseñar el documento soporte:

1. Decidir las dimensiones personales y ámbitos de desarrollo/vida que van a ser valorados.

2. En cada dimensión y ámbito ver cómo se registran tanto las limitaciones como las capacidades de las personas.

2.1. Decidir los instrumentos que van a ser utilizados.
2.2. Indicar cómo se van a identificar y recoger las capacidades/fortalezas.

3. Planificar qué soportes se van a utilizar para apoyar la participación de la persona (o en su caso familia) en el plan.

4. Decidir cómo se incluyen los objetivos del plan de atención. Estos pueden ser específicos a cada ámbito o dimensión o ser descritos en un apartado conjunto a las distintas valoraciones.

5. Resolver qué aspectos de la propuesta de intervención se recogerán en el documento 

a) Las actividades, servicios o atenciones que va a recibir cada persona por parte del centro o servicio. Incluyendo un apartado donde se incluyan los apoyos que la persona precisa para su participación o acceso a los mismos.

b) Las pautas específicas en relación a:
- El autocuidado.
- La promoción de la autonomía.
- Los comportamientos más complejos (para la familia y para los profesionales).
- Las dificultades en la comunicación (familia y profesionales).
- Orientación respecto a la realización de actividades estimulativas o empleo del tiempo libre.

c) Las técnicas e instrumentos de atención personalizada en las intervenciones.

d) Las intervenciones ambientales (eliminación de barreras, medidas ambientales, productos de apoyo…).

e) Si la atención es en un centro, recoger las rutinas o actividades a apoyar en otros escenarios cotidianos externos al centro dentro del horario de atención.

f) Otras.

6. Decidir qué intervenciones dirigidas al grupo familiar se recogerán en el documento.
- Recomendaciones para el bienestar y el cuidado de la persona que cuida.
- Acciones formativas recomendadas.

7. Contemplar la inclusión de otros datos:
- El profesional de referencia.
- La autorización de la persona (o en su caso, su represente) para llevar adelante el Plan
  Personalizado de Atención, dentro de un marco de toma de decisiones compartidas.
- La forma de seguimiento del plan y la periodicidad de las revisiones. 

4. Observaciones o sugerencias en relación a los planes personalizados de atención.

a) El plan personalizado de atención no ha de reducirse a cumplimentar un documento escrito. Debe ser concebido como un instrumento de consenso, como algo dinámico, como una herramienta que ha de propiciar el diálogo entre la persona usuaria, en su caso la familia o allegados, y los profesionales a lo largo de todo el proceso de atención.

b) El plan personalizado de atención no debe verse limitado a ofrecer un plan de cuidados donde se prescriben las atenciones en relación a las necesidades básicas de la persona, sino que además debe identificar y proporcionar apoyos para que ésta pueda continuar, desarrollar y apropiarse al máximo de su proyecto de vida.

c) Por ello, debe permitir identificar no solo las necesidades de cuidados de las personas sino también las capacidades de las personas, sus preferencias y deseos, elementos importantísimos para lograr la máxima autogestión de la persona en su vida cotidiana.

d) Ha de ser un soporte que incluya y anime, en todo el proceso, la participación activa de la persona, y en su caso de la familia o grupo de apoyo, procurando que sea ésta quien decida los objetivos del plan y las actuaciones principales a llevar a cabo para conseguirlo.

e) El diseño de un plan personalizado no debe realizarse de una forma apresurada.
Conocer a la persona y ofrecer apoyos para que ésta se implique y participe en su elaboración lleva un tiempo. El periodo de un mes (o incluso algo más de tiempo) puede ser necesario para llevar a cabo el primer plan de atención. En este periodo será importante, además de obtener la información necesaria que nos permita proponer intervenciones adecuadas a cada persona, acercarnos a su biografía, escuchar y observar sus preferencias, conectar con sus deseos, de modo que todo ello pueda ser tenido en cuenta, y dentro de lo posible, incorporarlo a su plan de atención. Mientras llevamos a cabo este proceso, deberemos disponer de datos básicos que nos permitan garantizar con seguridad la asistencia básica que la persona precise (diagnósticos de salud, dietas, medicación…). También suele resultar positivo proponerle en este momento inicial participar en alguna actividad, respetando su ritmo de incorporación y preferencias, lo que además de facilitar su integración le permitirá ir conociendo las oportunidades que el servicio o centro le ofrece.

f) La observación de los profesionales, y de las familias o allegados, tiene un papel primordial para lograr planes personalizados bien diseñados y para que se lleven a cabo tantos ajustes en los mismos como sea preciso a lo largo de todo el proceso de atención. Para esto es imprescindible lograr su implicación así como sistematizar la participación coordinada de todos ellos.

g) Todas las personas tenemos nuestro propio proyecto vital. Incluso cuando las personas tienen una edad muy avanzada o presentan una grave discapacidad o dependencia, son poseedoras de un proyecto vital. El proyecto de vida “es la forma que las personas tenemos de plantearnos nuestra existencia, para conseguir nuestras metas y deseos en relación a distintos ámbitos de desarrollo personal y social: el trabajo, la familia, la red social de apoyos y afectos, los intereses y aficiones.

h) Los proyectos de vida dependen del momento del ciclo vital en que nos situamos cada persona. Desde esta perspectiva en el diseño de los planes personalizados no podemos perder de vista la edad y la fase vital de cada persona usuaria. Los planes personalizados de atención de personas jóvenes deberán dar un peso importante a ámbitos de desarrollo personal como la formación, el acceso al trabajo o la vida independiente de la familia. Los planes personalizados de atención de las personas mayores, sin embargo, suelen dar mayor importancia a aspectos como la validación de un proyecto de vida que se ubica en su recta final, a la construcción de significados positivos en torno al mismo así como a garantizar la continuidad de las facetas y actividades satisfactorias para la persona. Ello no implica la negación o renuncia a la dimensión presente y a la proyección de futuro (metas y deseos) que todas las personas tenemos mientras estamos vivas.

i) El plan personalizado de atención incluye el registro de distintos instrumentos. Los instrumentos de valoración integral, que sirven para medir distintas dimensiones, han de ser instrumentos validados (cumplir condiciones de fiabilidad y validez).

j) Se recomienda, además, utilizar de modo complementario otros soportes dirigidos a facilitar la atención personalizada; en estos casos los objetivos son favorecer la participación de la persona en su plan de cuidados, personalizar la atención o reforzar la identidad personal. Ejemplos de estos instrumentos son los mapas básicos, la biografía personal o las fichas para registrar preferencias o deseos. En estos instrumentos, los  criterios anteriores pierden exigencia y lo principal es que se adapten a cada persona y realmente sirvan para favorecer su implicación en el proceso de atención. También deberemos evitar aplicar de forma idéntica este segundo tipo de instrumentos a todas las personas. En unos casos pueden resultar muy valiosos y ser de gran apoyo y, sin embargo, en otros carecer de sentido o no ser aceptados por la persona.

k) Toda la documentación recogida en el plan personalizado de atención debe cumplir las exigencias normativas en materia de protección de datos. Los profesionales con acceso a esta información estamos obligados a garantizar la confidencialidad de la misma.